"Artículo
23. Declaración y pago del impuesto sobre las ventas
Los
responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y aquellas personas
jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable
2012, sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT ($
2.396.508.000), así como los responsables de que tratan los artículos 477
y 481 del Estatuto Tributario, deberán presentar la declaración del
impuesto sobre las ventas y pagar de manera bimestral utilizando el
formulario prescrito por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Declaración
y pago cuatrimestral del Impuesto sobre las Ventas Los responsables de
este impuesto, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31
de diciembre del año gravable 2012 sean iguales o superiores a quince mil
(15.000) UVT ($ 390.735.000) inferiores a noventa y dos mil (92.000) UVT
($ 2.396.508.000), deberán presentar la declaración del impuesto sobre las
ventas y pagar de manera cuatrimestral utilizando el formulario prescrito
por la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales.
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